Cirugía Plástica y Reparadora.
Aprueba España cambio de sexo en hospitales públicos...
Madrid, ESP.- El gobierno socialista español de José Luis Rodríguez Zapatero, aprobó hoy la disposición que permite realizar operaciones de cambio de sexo en hospitales públicos, informó hoy la ministra de Sanidad, Elena Salgado.
La funcionaria española apuntó que la disposición no se eleva a rango de prestación básica, pero el servicio no podrá ser negado en los hospitales administrados por el gobierno español.
Con la nueva ley el gobierno buscan el consenso para legislar sobre su posible anexión al catálogo de servicios básicos, hasta lograr que el costo de la intervención quirúrgica esté a cargo de la seguridad publica.
En España, sólo la Comunidad Autónoma de Andalucía prevé esta prestación a favor de los transexuales, mientras que en el resto de España la eliminación obligaba a realizar estas operaciones en hospitales privados y a elevados costos.
De esta manera, España comienza a seguir el camino de otros países europeos que en años anteriores han legislado sobre este tema, como Dinamarca, Alemania, Italia y Holanda, donde las operaciones corren a cargo de los gastos de la Seguridad Social.
En 1989, el Parlamento Europeo (PE) aprobó una resolución sobre la discriminación de los transexuales en las que aboga por el derecho a someterse a cirugía plástica.
Pero se tiene que asegurar que la operación le permitirá que el cambio de sexo garantice el funcionamiento interno de sus aparatos, ya que se corresponda con la estética del género que desea tener.
En rueda de prensa, la ministra española de Sanidad, Elena Salgado, comentó que aún no hay consenso para realizarlo en todas las Comunidades Autónomas de España, como se pretende con el resto de servicios aprobados en este decreto.
Sin embargo, la exclusión para realizarlo en los hospitales permitirá que cualquier sistema de sanidad de las diferentes autonomías puedan tenerlo en sus facultades.
Se incluyeron atenciones que antes no constituían una modalidad de prestación por sí misma, como lo relacionado con productos ortoprotésicos en implantes quirúrgicos (como es el caso de las prótesis cardiacas o vasculares).
Como novedad respecto a la anterior normativa la inclusión de las sillas de ruedas de aluminio.
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